Tradicionalmente, la medición, el control y la gestión de los riesgos financieros han acaparado la atención no sólo de las entidades bancarias sino también la de los propios entes supervisores y reguladores. Éstos, en su afán de garantizar un sistema financiero estable y seguro han contribuido a dicho proceso desde un punto de vista normativo. Ya en 1988, el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea publicaba un primer documento, "International Convergence of Capital Measurement and Capital Standards", más conocido como Basilea I, en el cual se exigía a los bancos el establecimiento de un nivel mínimo capital en función del riesgo de crédito asumido. Así pues, se estableció un coeficiente de solvencia, también llamado ratio de Cook, de manera que el capital mínimo de los bancos debía ser el 8% de sus activos totales, ponderados en función de su riesgo crediticio. Aunque en un primer momento, tales requerimientos de capital sólo consideraban el riesgo de crédito, a partir de 1996, el Comité estimó oportuno realizar una modificación al acuerdo vigente para incorporar el riesgo de mercado a efectos del cómputo de capital.

Sin embargo, la complejidad del negocio bancario, las prácticas de gestión de riesgos, los enfoques de supervisión y los mercados financieros en general, han experimentado, durante la última década, significativas transformaciones muchas de las cuales escapaban al propio marco normativo. Consciente de ello, el Comité publicó en 1999 un documento consultivo, "A New Capital Adequacy Framework", con objeto de reemplazar el Acuerdo de 1988. Posteriormente, en enero de 2001 y abril de 2003, se presentaron dos propuestas más desarrolladas, que finalmente han conducido a la versión definitiva del Nuevo Acuerdo de Capital, "International Convergence of Capital Measurement and Capital Standards: a Revised Framework" (2004). Este nuevo marco normativo (Basilea II), pretende aumentar la seguridad y solvencia del sistema financiero, convirtiéndose en una norma de adecuación de capital más sensible al riesgo de las operaciones bancarias, al tiempo que incentiva a las entidades a mejorar sus capacidades de gestión y control de riesgos. En líneas generales, Basilea II pivota sobre dos grandes bloques: el ámbito de aplicación, que define el perfil de aquellas entidades que deberán cumplir con el coeficiente de solvencia; y los denominados tres pilares: requerimientos mínimos de capital, revisión supervisora y disciplina de mercado

El primer pilar establece los requisitos mínimos de capital en función de los riesgos asumidos, es decir, el coeficiente de solvencia del 8%. Aunque la definición de capital permanece inalterada, el denominador del coeficiente si sufre importantes modificaciones. En este sentido, una de las principales novedades estriba en la inclusión de requisitos de capital por riesgo operacional (un 20% sobre el 8%). Hasta entonces, dicho riesgo contemplaba "todo aquello que no era ni riesgo de crédito, ni riesgo de mercado". Sin embargo, el Nuevo Acuerdo introduce una noción explícita del mismo, esto es: "El riesgo operacional se define como el riesgo de pérdida resultante de una falta de adecuación o un fallo de los procesos, el personal y los sistemas internos o bien de acontecimientos externos". Esta definición incluye el riesgo legal (jurídico), pero excluye el riesgo estratégico y el riesgo de reputación.

Aunque el riesgo operacional es inherente a todas las operaciones de negocios y no puede ser eliminado totalmente, sí puede ser gestionado, mitigado y, en algunos casos, asegurado. En la mayoría de las organizaciones la gestión y control del riesgo operacional ha sido una tarea encomendada tradicionalmente al área de auditoría interna. Este hecho contrasta con las directrices del Comité que propone una nueva estructura organizativa en la cual las responsabilidades sobre riesgo operacional deben integrarse dentro de las unidades de gestión de riesgos quedando, residualmente, el área de auditoría interna como responsable de la adecuación del marco de gestión y su aplicación en los procesos. El Comité, en su documento "Sound Practices for the Management and Supervision of Operational Risk" (2003), recoge un compendio de principios acerca de las tendencias y prácticas actuales en la gestión y supervisión del riesgo operacional, que deben servir como referencia a los bancos y autoridades supervisoras.

Sin duda, Basilea II, ha supuesto un auténtico revulsivo para la industria bancaria, requiriendo de ésta grandes esfuerzos tanto materiales como humanos. Sin embargo, confío en que su correcta aplicación y desarrollo redundarán en una asignación más eficiente del capital y, por ende, en un sistema financiero más sólido, transparente y seguro.