Esta mañana, la Federación de Empresarios del Metal, FEDEME, y los sindicatos CCOO y UGT, han procedido a la firma de  un  nuevo Convenio Colectivo para el Comercio del Automóvil, Caravanas, Motocicletas, Bicicletas y sus Accesorios de Sevilla, por el periodo 2010/ 2014, que afectará a 1.000 empresas  y 4.000 trabajadores de la provincia.

De esta forma,  el nuevo Convenio cubrirá de forma retroactiva los tres últimos años transcurridos desde que expirara la vigencia del anterior (2010/2011/2012), incorporando, a su vez, a su ámbito temporal dos años más: 2013 y 2014.

El texto suscrito mantiene para los años 2010, 2011, 2012, 2013 y 2014 los salarios vigentes a 31 de diciembre de 2009, publicados en su día en el BOP de Sevilla de 26 de abril de 2010, así como la jornada laboral del Sector (fijada en 1817 horas), pactos que responden, sin duda, a un ejercicio de responsabilidad por parte de los negociadores,  en consonancia con difícil situación de crisis que afecta a esta actividad empresarial.

Por tanto, la firma del nuevo Convenio y las correspondientes tablas salariales no generará  incrementos salariales para las empresas de esta actividad, inmersas en una situación económica tan compleja, ni tampoco la obligación de abonar  atrasos por conceptos salariales.

Igualmente, el texto suscrito mantiene los importes fijados  en el Convenio anterior (2006/2009) para los conceptos de dieta, media dieta, y capital de Seguro Obligatorio de Convenio.

Resulta también destacable,  como medida de flexibilidad interna, la creación de  una bolsa horaria, fijada en  182 las horas anuales, que el empresario podrá distribuir irregularmente de la jornada laboral anual sin incurrir en la realización de horas extraordinarias.   

Otra novedad a resaltar del nuevo Convenio consiste en la incorporación del “Salario Nuevo Ingreso”, vigente desde la fecha de su firma, como medida de mejora de la empleabilidad en el Sector y que, al tiempo, permitirá a la empresa rebajar en un 15%  la retribución del empleado que se incorpore a la empresa durante 12, 9, ó 6 meses, respectivamente,  según el Grupo Profesional al que pertenezca,  tiempo que se estima necesario para que el trabajador adquiera los conocimientos que exige el puesto de trabajo al que accede.

Dentro del régimen económico de este Texto se crea  como concepto extrasarial un plus de transporte, con eficacia enero 2013, que devengará el trabajador sólo los días en los que  efectivamente se produzca el desplazamiento del empleado al centro de trabajo, con importe de 0,29 euros.

Finalmente destacar que el Convenio ahora firmado ha sido mejorado en cuanto a la sistemática del mismo, así como por las adaptaciones efectuadas y exigidas por las últimas reformas que han afectado  al  Contrato de Formación y Aprendizaje ,  a la incorporación del nuevo Permiso de Formación, a la desaparición de la figura de Jubilación Forzosa y  al hasta ahora conocido “Descuelgue Salarial”, que cambia de regulación y pasa a denominarse “Inaplicación de las condiciones previstas en el Convenio Colectivo”.