El Consejo de Gobierno ha aprobado el proyecto de Ley de la Radio y Televisión de titularidad de la Junta de Andalucía. La futura norma, que sustituirá a la vigente desde 1987, establecerá un nuevo marco legal para mejorar la estabilidad y capacidad competitiva de la RTVA, así como el cumplimiento del servicio público que presta, de acuerdo con sus actuales necesidades y de los requerimientos futuros.

El proyecto refuerza el papel activo del Parlamento de Andalucía sobre la propia entidad y su actividad. De esta manera, y de entre los quince miembros del Consejo de Administración, se establece la elección de la persona titular de su presidencia por la Cámara Autonómica, por mayoría de tres quintos. Corresponderá también a la Cámara autonómica, por mayoría de dos tercios, la elección de la persona titular de la Dirección General de la RTVA, para un mandato de seis años renovable una sola vez. Si no se alcanzara dicha mayoría en primera votación, será elegida por mayoría parlamentaria de tres quintos.

La nueva norma crea diversos instrumentos de modernización de la gestión; entre ellos, la denominada Carta del Servicio Público. Se trata de un documento vinculante que será aprobado por el Parlamento de Andalucía y que establecerá las prioridades de actuación de la RTVA para el cumplimiento de la función de servicio público encomendada ante la cambiante dinámica de la realidad del mercado audiovisual en el que opera.

Las prioridades, objetivos y estrategias fijadas en la Carta del Servicio Público serán desarrolladas y especificadas, cada tres años, en un contrato-programa que será acordado por el Gobierno con la RTVA, y del que será informado el Parlamento sobre su ejecución y resultado.

En el ámbito del control, la ley establecerá la obligación, por la parte de la RTVA y sus sociedades filiales, de rendir cuentas de sus operaciones ante el Parlamento, la Cámara de Cuentas y el Tribunal de Cuentas. En su condición de empresa pública de la Junta, se somete su régimen presupuestario, económico, financiero y contable a lo dispuesto para el resto de entidades de derecho público de la Administración autonómica.

Estatuto Profesional Por otro lado, el anteproyecto prevé el Estatuto Profesional de los medios de comunicación de la RTVA, como instrumento destinado a garantizar la profesionalidad e independencia tanto de los profesionales de la información como de los contenidos y programas de los servicios informativos prestados por la RTVA. Asimismo, se prevé la regulación del Código de Conducta Comercial para regular, entre otras materias, las normas para la contratación de publicidad (institucional y no institucional) y espacios comerciales, así como para las licitaciones públicas.

En el ámbito organizativo, se regula la composición equilibrada de hombres y mujeres en los Consejos de Administración y Asesor de la RTVA, como reflejo del principio de igualdad impulsado por el Gobierno andaluz. En materia de consumidores y usuarios, el texto dedica especial atención a las personas con discapacidad sensorial, que aparecen como colectivo digno de protección en sus derechos y como sujetos destinatarios de medidas concretas para favorecer su integración digital. La norma concreta incluso un calendario de medidas para la accesibilidad de este colectivo a las programaciones.

Por último, el anteproyecto destaca la importante función de supervisión que despliega sobre la actividad de la RTVA el Consejo Audiovisual de Andalucía, como autoridad independiente en materia audiovisual, en cuanto al cumplimiento de la misión de servicio público de radio y televisión.