La Consejería de Agricultura y Pesca ha iniciado ya los controles de campo en la Comunidad Autónoma andaluza para velar por el cumplimiento de la condicionalidad en relación a la quema de rastrojos, indispernsable para el cobro de las ayudas directas correspondientes a la Política Agrícola Común.

La Consejería recuerda a los agricultores y ganaderos que está prohibida la quema de rastrojos de leguminosas, proteaginosas y cereales, tal y como indica la normativa en vigor -Orden de la Consejería de 23 de junio de 2005—, que desarrolla los requisitos de aplicación de la condicionalidad, imprescindibles para el cobro de las ayudas directas de la Política Agraria Comunitaria (PAC). Esta normativa se complementa, a su vez, con la Orden del 15 de mayo de 2006 de la Consejería de Medio Ambiente, que establece también esta prohibición.

Desde un punto de vista medioambiental, la quema de rastrojos disminuye drásticamente la tasa de materia orgánica en el suelo. Sin embargo, dejar paja en las tierras enriquece la calidad del mismo y evita contaminar la atmósfera con CO2, que es uno de los protagonistas del efecto invernadero. Asimismo, dejar los pastos contribuye a la mejora de la estructura del suelo e impide la escorrentía de las aguas, principales agentes de la erosión de las tierras.