La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto una multa de 50.000 euros a la empresa distribuidora de energía eléctrica Hidroeléctrica El Carmen por considerar acreditado que la compañía llevó a cabo una serie de actuaciones que suponen la vulneración del derecho de los consumidores a elegir suministrador de energía eléctrica. Este hecho constituye un incumplimiento de la aplicación de las medidas de protección al consumidor.
En diciembre de 2012, tuvo entrada en el registro de la extinta CNE un escrito de una comercializadora en el que se denunciaban determinadas actuaciones de diversas comercializadoras que estarían obstaculizando el cambio de suministrador de consumidores asociados a sus redes, infringiendo así la normativa vigente.
Con fecha 29 de octubre de 2014, la CNMC inició un procedimiento sancionador contra la empresa Hidroeléctrica El Carmen, S.L. por presunta vulneración del derecho de los consumidores a elegir suministrador de energía eléctrica.
Tras la instrucción del expediente, la CNMC ha acreditado que la citada compañía a través de actuaciones de distinto tipo no atendió a las solicitudes de cambio de suministrador que le llegaban de distintas empresas comercializadoras.
La resolución pueden ser recurrida ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses.