El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha anulado la sentencia del Tribunal General que confirmó la multa de 1.060 millones de euros impuesta por la Comisión a Intel por abuso de posición dominante.

Según la Comisión, Intel abusó de su posición dominante en el mercado mundial de las CPUs x86 entre octubre de 2002 y diciembre de 2007, al aplicar una estrategia destinada a expulsar del mercado a su único competidor importante, la empresa Advanced Micro Devices.

Así, señaló que el abuso consistió en diversas medidas adoptadas por Intel respecto a sus propios clientes (fabricantes de ordenadores) y al distribuidor europeo de dispositivos microelectrónicos Media-Saturn-Holding.

IntelTras la sentencia, Intel interpuso ante el Tribunal General un recurso contra la Decisión de la Comisión, en el que solicitaba la anulación de dicha Decisión o, al menos, una reducción sustancial de la multa, pero el Tribunal General desestimó el recurso de Intel en su totalidad.

Tras esto, Intel interpuso un recurso de casación ante el Tribunal de Justicia contra la sentencia donde, entre otras alegaciones, sostenía que el Tribunal General “incurrió en un error de Derecho al no examinar los descuentos controvertidos tomando en consideración la totalidad de las circunstancias del asunto”.

En la sentencia, el TJUE recuerda que el Tribunal General validó la argumentación de la Comisión según la cual los descuentos de fidelidad concedidos por una empresa en posición dominante tienen, por su propia naturaleza, la capacidad de restringir la competencia, de modo que no era necesario analizar la totalidad de las circunstancias del asunto ni, en particular, aplicar un test AEC.

“La Comisión realizó sin embargo un examen en profundidad de las circunstancias del asunto, lo que la llevó a concluir que un competidor igualmente eficiente se habría visto obligado a cobrar precios que no habrían sido viables y que, por lo tanto, la práctica de descuentos de que se trata podía expulsar del mercado a ese competidor. El test AEC tuvo, pues, verdadera importancia en la apreciación de la Comisión sobre la capacidad de la práctica de descuentos de que se trata para producir un efecto de expulsión del mercado de los competidores”, señala la sentencia.

Por ello, el Tribunal de Justicia ha anulado la sentencia del Tribunal General “por haberse abstenido éste de examinar esas alegaciones al analizar la capacidad de los descuentos controvertidos para restringir la competencia”, decidiendo “devolver” el asunto al Tribunal General para que éste examine, a la luz de las alegaciones formuladas por Intel, la capacidad de los descuentos controvertidos para restringir la competencia.

Además, ha desestimado las alegaciones de Intel sobre la falta de competencia territorial de la Comisión para sancionar el abuso y sobre la existencia de vicios de procedimiento que, en su opinión, habían afectado a su derecho de defensa.