Recomendó cambiar la tarifa de gas a 48.700 clientes, sin informarles del incremento del precio que suponía

La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha multado con 1,1 millones de euros a Naturgy Iberia por incumplir las medidas de protección al consumidor, recogidas en la Ley del Sector de Hidrocarburos, (SNC/DE/020/18).

La CNMC tuvo conocimiento de este caso a través del escrito remitido por una asociación de consumidores. En éste, se informaba de que Naturgy Iberiaestaba remitiendo comunicaciones comerciales a clientes con contratos de gas en el mercado libre mediante las que les ofrecía cambiar de tarifa sin informar debidamente sobre los cambios de condiciones en sus contratos o el aumento de precio.

Factura hasta un 14% más cara

Durante la instrucción del expediente, el organismo ha comprobado que la compañía ofertó a 48.700 clientes que tenían contratada una tarifa referenciada a la Tarifa de Último Recurso, a otra tarifa denominada Estable. “Lo hizo sin indicar con claridad su repercusión económica, y sin informar al consumidor de que la nueva tarifa suponía un incremento en el precio del suministro”, argumenta. Según ha comprobado la CNMC, la nueva oferta suponía un incremento de la factura de entre un 8% y un 14% (entre 30 y 42 euros/año, según el consumo del punto de suministro).

Además, Naturgy indicaba que la nueva tarifa se aplicaría de manera automática en la próxima renovación, salvo que el cliente llamara a un teléfono gratuito solicitando mantener la tarifa actual.

“La comunicación de Naturgy incumplió los apartados f) y g) del artículo 57.bis de la Ley del Sector de Hidrocarburos, al no haber informado debidamente de la modificación del contrato y del incremento de precios a los consumidores de manera transparente y comprensible”, apunta el organismo.

En consecuencia, la CNMC considera que Naturgy Iberia es responsable de una” infracción grave” de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110 t) de la Ley del Sector de Hidrocarburos.

La CNMC recuerda que esta resolución pone fin a la vía administrativa y se podrá interponer contra ella recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación.