El Consejo de Gobierno ha aprobado el reglamento de la Ley de Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias, norma que regula el régimen de estas entidades en las que se agrupan las asociaciones representativas de la producción, transformación y comercialización de los sectores agroalimentarios y pesqueros.

Definidas como foros paritarios, abiertos y de participación voluntaria, las organizaciones agroalimentarias tienen como principales finalidades mejorar la transparencia de los mercados y la promoción y la calidad de los productos, promover la innovación tecnológica, fomentar los contratos-tipos, acordar iniciativas de mejora ambiental y velar por la información al consumidor.

Tanto la ley como el reglamento dotan a estas entidades de mecanismos para ordenar y mejorar su oferta, potenciar su posición en los mercados y aumentar su capacidad reglamentaria y de autofinanciación. En concreto, la norma de desarrollo fija las reglas del baremo de representatividad de los distintos participantes en la organización interprofesional y, entre otros aspectos, regula también el procedimiento para el reconocimiento oficial de las entidades, la extensión de normas a productores no integrados en la mismas, el control y seguimiento de los acuerdos que se adopten, el régimen sancionador, el registro y las especificidades del sector pesquero y acuícola.

Uno de los principales instrumentos que la normativa otorga a las organizaciones interprofesionales es la posibilidad de que puedan solicitar a la Consejería de Agricultura y Pesca la extensión de sus normas al resto de los productores y operadores de un sector determinado. Para ello, se fija la condición de que los acuerdos adoptados cuenten, al menos, con el respaldo del 50% de los productores y operadores de las distintas ramas profesionales implicadas, que, a su vez, representarán como mínimo a las dos terceras partes de las producciones afectadas. Dichas normas deberán estar relacionadas con aspectos como la calidad, el respeto al medio ambiente, las acciones de promoción y la mejora de información sobre las producciones.

El objetivo es facilitar la defensa de los intereses de los productores e industriales en los mercados nacionales e internacionales. Con ello se beneficiarán especialmente las producciones andaluzas de mayor calidad y peso específico, como el aceite (82% de la producción española), la aceituna de mesa (75%), el algodón (95%), la fresa (93%), la hortalizas (43%), el arroz (36%), la flor cortada (50%) y el ajo (34%), además de las 26 denominaciones de origen y de calidad reconocidas en la comunidad autónoma.

Las organizaciones que se reconozcan para un determinado sector o producto deberán aglutinar al menos un 25% ciento de los productores u operadores de las distintas ramas profesionales, que representarán, a su vez, un mínimo del 35% de las cantidades producidas, transformadas y comercializadas en cada caso. No obstante, estos porcentajes podrán reducirse hasta el 20% en un determinado sector o producto cuando así lo justifiquen todas las organizaciones representativas del correspondiente ámbito territorial.

Además del reconocimiento por sectores y por producciones de calidad, se prevé también la posibilidad de que se constituyan, con carácter excepcional, organizaciones interprofesionales por productos concretos cuando la diferenciación por calidad dé lugar a un mercado específico.

Finalmente, el reglamento establece la composición del Consejo Andaluz de las Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias, órgano colegiado de consulta y asesoramiento cuya función consistirá básicamente en emitir informes previos a las propuestas efectuadas por la Junta sobre el reconocimiento o revocación de las organizaciones. El Consejo, presidido por la persona titular de la Consejería de Agricultura y Pesca, estará integrado por 19 vocales: nueve en representación de la Administración autonómica, nueve de las organizaciones agroalimentarias y pesqueras y uno de las asociaciones de consumidores y usuarios.