El Consejo de Ministros ha aprobado el desarrollo reglamentario de la ley que permite a directivos y deportistas de élite extranjeros, fundamentalmente futbolistas, que hayan fijado su residencia fiscal en España después del 1 de enero de 2004, reducir su factura fiscal casi a la mitad.

El precepto legal que ahora se desarrolla, incluido en la Ley de Acompañamiento a los Presupuestos de 2004, prevé que las personas físicas que adquieran su residencia en España, como consecuencia de un desplazamiento a territorio español, podrán optar por tributar por el IRPF o por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes en el ejercicio en el que cambian de residencia y durante los cinco años siguientes.

Con la legislación anterior, cuando un extranjero fijaba su residencia en España tenía que tributar por el IRPF por todas las rentas obtenidas no sólo en España, sino en todo el mundo. El tipo máximo del IRPF está fijado en el 45%, por lo que puede llegar a pagar hasta este porcentaje por todos sus ingresos. Esta reforma legal permite a quienes fijan su residencia en España poder tributar por el Impuesto para no Residentes, que tiene un tipo único del 25% sobre las rentas obtenidas en España, eso sí, sin derecho a practicarse ningún tipo de deducción. Es decir, los trabajadores de rentas muy altas pueden llegar a reducir su factura fiscal casi a la mitad.

Para evitar que se produjeran abusos, la reforma incluyó algunas cláusulas antielusión. Así, para poder optar por una tributación u otra se deben cumplir las siguientes condiciones: que no hayan sido residentes en España durante los diez años anteriores a su nuevo desplazamiento a territorio español; que el cambio de domicilio se produzca como consecuencia de un contrato de trabajo y que los servicios se realicen efectivamente en España. Además, se exige que el trabajo se preste para una empresa o entidad residente en España o para un establecimiento permanente situado en nuestro país de una entidad no residente. Como contrapartida, los contribuyentes que opten por tributar por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes quedarán sujetos al Impuesto sobre el Patrimonio.

Aunque el precepto legal está en vigor desde el 1 de enero del pasado año y, por tanto, afecta a la declaración de la renta que se está presentando estos días, hasta ahora nadie había podido acogerse a este beneficio fiscal porque faltaba el desarrollo reglamentario. Tras la aprobación del decreto, prevista para hoy, todavía será necesario que el Ministerio de Economía apruebe, por orden ministerial, los modelos oficiales de declaración.

El Gobierno del Partido Popular aseguró en su día que esta medida, que ya se aplica en países como Gran Bretaña y Francia, tiene como objetivo captar inversión extranjero y favorecer que altos directivos fijen aquí su residencia.