DATISA, compañía española especializada en el desarrollo y comercialización de software ERP, con 30 años de experiencia en el mercado, anuncia que sus soluciones de gestión contable ya han sido adaptadas al nuevo modelo 202 de Pagos Fraccionados del Impuesto de Sociedades y del impuesto sobre la Renta de No Residentes.

Principales novedades del Modelo 202

La declaración 202 representa el nuevo modelo para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, correspondientes a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español. La misma entró en vigor el pasado 28 de septiembre de 2012, con la publicación en el BOE de la Orden HAP/2055/2012, que establece las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática, modificando la Orden EHA/1721/2011, del 16 de junio. Las últimas disposiciones hacen imprescindible la modificación del Modelo 202 para las declaraciones a presentar a partir del segundo período (2) de 2012.

“El modelo 202 representa un incremento porcentual del impuesto, según las condiciones específicas que se detallan en la norma, y afecta tanto a las Pymes que hayan registrado beneficios, como a todas las grandes compañías que, además, tendrán que aportar información adicional. La nueva norma también detalla la necesidad de realizar la presentación exclusivamente, vía telemática”, explica Isabel Pomar, Directora de Marketing de DATISA.

Automatismos y alternativas en las modalidades A, B1 y B2 de declaración

Para facilitar su generación y su presentación por parte de la Pyme, las soluciones de DATISA permiten ahora su generación automática, con las especificaciones definidas para la modalidad A de la declaración (que hace referencia a las compañías con menos de 6 millones de euros de facturación).

En cuanto a las modalidades B1 (que hace referencia a las compañías que facturen menos de 10 millones de euros) y B2 (para las compañías con facturaciones comprendidas entre los 10 y los 300 millones de euros), cuya generación es más compleja que en caso de las pequeñas empresas, DATISA SpeedyCoda 32 AGE y DATISA SpeedyCoda 64 facilitan igualmente la realización de todos los cálculos necesarios con total seguridad y, también, ofrecen capacidades adicionales para que el responsable financiero de la organización pueda elegir la modalidad que mejor se le ajuste.

Cambios más destacados

La nota informativa de la AEAT sobre el Modelo 202, describe las novedades más significativas del mismo, entre las que destacan:

  • La presentación se realizará exclusivamente por vía telemática. En los artículos 3 y 4 de la orden se establecen las condiciones generales y el procedimiento de presentación dentro del plazo señalado en el artículo 5.
  • Los sujetos pasivos cuyo importe neto de la cifra de negocios sea al menos sesenta millones de euros y que representan un porcentaje muy elevado de la recaudación obtenida por este impuesto, se establece en la orden la presentación obligatoria de una comunicación de datos adicionales junto con el pago fraccionado correspondiente.
  • La presentación es obligatoria para las entidades consideradas Gran empresa (para las restantes, sólo si el importe a ingresar es positivo).
  • En el siguiente cuadro, DATISA incluye los porcentajes a aplicar para sociedades anónimas y de responsabilidad limitada según su Volumen de operaciones del ejercicio anterior (Ver cuandro en la Web de DATISA)