Hace escasas semanas ha comenzado la tramitación parlamentaria en el Congreso de los Diputados del Proyecto de Ley Básica de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación, aprobado el pasado mes de Julio por el Consejo de Ministros e impulsado por la Secretaría de Estado de Comercio.

Según UPTA Andalucía: “Esta era una promesa electoral del actual Gobierno introducida como compromiso desde el Discurso de Investidura del actual Presidente y en el marco del Programa de Reformas Estructurales de nuestra actividad económica. El objetivo es ofrecer un nuevo marco regulador a estas instituciones tras los cambios introducidos a través del Decreto-Ley 13/2010 del anterior Gobierno y que eliminó de forma sorprendente, pero también aplaudida, especialmente por los autónomos, la adscripción obligatoria de las empresas y el pago de la cuotas a las que hasta entonces, muy en contra de su voluntad, hacían frente. Desde casi todos los ámbitos del mundo empresarial se expresó la satisfacción por una medida razonable y acertada. En ningún caso tenía sentido una obligación de pago a instituciones por naturaleza privadas, aunque bien es cierto que quizá se adoptó  con  premura y sin el diálogo necesario, lo que ha venido dificultando en estos dos años la adaptación de las Cámaras de Comercio a su nueva realidad normativa y sobre todo económica, por la reducción drástica de ingresos. Pero más allá de la necesidad de abordar una nueva regulación para estas históricas entidades, la sorpresa de nuevo para muchos es que ahora un Gobierno que debiera responder a unos principios liberales, da marcha atrás e impone de nuevo un sistema obligatorio. Evita el Proyecto de Ley  recuperar el denominado recurso cameral permanente, que hubiese producido fuertes reacciones negativas, pero sí que recupera la adscripción obligatoria a las Cámaras de Comercio de las empresas de los sectores de actividad vinculados, incluyendo el gran campo de los servicios, hasta ahora excluidos, con lo que en este momento se convierte en el único precedente legal, de no evitarlo el Parlamento, en el que personas físicas o jurídicas se encuentran obligadas a formar parte de una institución sin su acuerdo y voluntad previamente manifestada”.

Según UPTA Andalucía: “Imponer esta situación sin ningún tipo de consenso previo, es un profundo  error que ahondará aun más  la escasa confianza mutua entre Cámaras y pequeñas empresas y no ayuda a superar las secuelas de un divorcio preexistente especialmente con los autónomos, más aun cuando nuestras asociaciones se habían ofrecido a encontrar un marco común  de acuerdo y colaboración. Por otra parte el Proyecto define algunos objetivos de las Cámaras que sin duda están fuera de lugar. Este es el caso del establecimiento como uno de sus objetivos de la promoción de los intereses generales de las empresas. Es obvio que este no ha sido ni puede ser cometido de las Cámaras, ya que es una competencia exclusiva de las asociaciones empresariales y de trabajadores autónomos, cada colectivo de acuerdo a su correspondiente normativa. Seguir por este camino tan solo polariza la representación de intereses y crea malentendidos de difícil solución”.

También “el Proyecto abre la puerta a que unas instituciones a las que se reconoce una carácter semipúblico, y que pueden ser objeto de los beneficios de las Encomiendas de Gestión de Servicios Públicos, compitan en el mercado de los servicios privados a las empresas, afectando con esta decisión a intereses de amplios sectores profesionales vinculados a los servicios jurídicos, económicos o de consultoría. Incluso se podrían dar situaciones de cuasi monopolio y de privilegio en cuanto que las Cámaras, y algunas empresas creadas por ellas,  son depositarias de información pública y privada de especial protección”.

La Comisión Nacional de la Competencia ya “advirtió antes de la aprobación del Proyecto de Ley sobre estos delicados aspectos, tanto por lo que se refiere a la adscripción obligatoria, como en la articulación de la oferta de servicios”.

Para UPTA Andalucía: “Esperábamos también que el Proyecto, en la medida que obliga a cientos de miles de trabajadores autónomos a estar adscritos a las Cámaras, debería haber articulado un modelo de participación suficiente y equilibrado. El informe adjunto al Proyecto de Ley indica literalmente que “en España hay más de tres millones de autónomos, de los cuales 1,9 millones son empresarios autónomos personas físicas, cuya representación ostentan las organizaciones de autónomos”, sin embargo este reconocimiento solo se convierte en una mínima representación de dos miembros en el Pleno de la Cámara de España y uno en su Comisión Ejecutiva, lo que es un pobre referente para el resto de la legislación autonómica futura que deberá regular la composición de las Cámaras territoriales, dejando en sus manos una representación que debe darse por derecho”.

En UPTA Andalucía “consideramos que se pierde una buena oportunidad para que todo el sector empresarial en sus diferentes vertientes hubiera coincidido en hacer de estas instituciones una herramienta práctica y asumida por todos y para todos los que hemos participado, aunque de forma obligada, en la creación de su patrimonio, que debería quedar al servicio de la sociedad”.