La Federación de Organizaciones de Profesionales, Autónomos y Emprendedores (OPA) ha informado de que la pensión media de los autónomos (que comprende las distintas clases de pensión: jubilación, incapacidad permanente, viudedad, orfandad y a favor de familiares), se ha incrementado en 63 euros al mes durante los últimos cuatro años, tras pasar de los 551,40 euros que cobraban de pensión media los trabajadores por cuenta propia en diciembre de 2010 a los 614,60 que han cobrado en diciembre de 2014.

Estas cifras, extraídas de los datos de la Seguridad Social y a los que ha tenido acceso OPA, y que suponen una subida del 10,27% en términos porcentuales, contrastan con la nómina mensual de pensiones contributivas en del Régimen General, donde la pensión media ha aumentado en 36,47 euros durante el periodo comprendido entre diciembre de 2010 (donde la pensión media fue de 935 euros),  y diciembre de 2014 (con una pensión media de 971,47 euros), lo que supone un aumento del 3,71% en términos porcentuales.

A pesar de ello, la pensión media del colectivo autónomo sigue siendo muy inferior a la de los trabajadores del Régimen General. En concreto la diferencia es de 356,87 euros a favor de los pensionistas registrados en el Régimen General de la Seguridad Social.

Volviendo a las pensiones contributivas dentro del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), la pensión media por jubilación de los trabajadores autónomos alcanzó a finales de 2014 los 682,26 euros, lo que supone un aumento del 10,86 % respecto al mismo periodo de 2010, donde la pensión media fue de 608,11 euros.

Por su parte, la pensión media de incapacidad permanente para los trabajadores autónomos ha subido un 9,44% durante el último lustro, lo que se traduce en más de 64 euros.

El presidente nacional de OPA, Camilo Abiétar, ha incidido en que “el 85% del colectivo autónomo cotiza por la base mínima”. Por este motivo recuerda que “desde nuestra organización recomendamos a los autónomos que en la medida de sus posibilidades incrementen la base de cotización o, incluso, que coticen por la base máxima, con el fin de que tengan una mejor protección social en el futuro”.

También aconseja a los trabajadores por cuenta propia “que coticen por contingencias profesionales de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales así como por la Incapacidad laboral transitoria”.