Publicada hoy en el BOE, entrará en vigor el 1 de enero
El Consejo de Gobierno del Banco de España ha aprobado la circular que modifica la Circular 4/2017 con el objetivo de mantener el régimen contable de las entidades de crédito españolas ajustado al marco contable europeo conformado por las Normas Internacionales de Información Financiera adoptadas en la Unión Europea (NIIF-UE), en particular, con la NIIF-UE 16 sobre arrendamientos.
La principal novedad reside en la desaparición de la distinción entre arrendamiento financiero y operativo para el arrendatario.
Con la nueva norma, se incrementa el número de contratos que el arrendatario debe registrar en balance -reconociendo un activo por el derecho de uso del bien arrendado y un pasivo por arrendamiento por los pagos comprometidos-. Únicamente los arrendamientos a corto plazo o de bienes de escaso valor podrán contabilizarse por el arrendatario como gasto a lo largo de la vida del arrendamiento.
Adicionalmente, incorpora mejoras y aclaraciones menores en la Circular 1/2013 de la Central de Información de Riesgos.