La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha confirmado en una resolución de vigilancia que Halcón Viajes y Viajes Barceló han incumplido lo dispuesto en el expediente sancionador a las agencias de viaje del 25 de octubre de 2000.

elderly-visitors-829269_1280En aquel expediente, el antiguo Tribunal de Defensa de la Competencia impuso sanciones a 4 agencias de viajes por presentar ofertas idénticas al concurso público de viajes del IMSERSO y acordar la ejecución conjunta del mismo cualquiera que fuera el resultado de la licitación a través de la interposición de Agrupación de Interés Económico Mundosocial, creada e integrada por las citadas cuatro agencias de viajes.

Las multas ascendieron a 829.396 euros a Halcón Viajes, 829.396 euros a Viajes Barceló, 1,23 millones de euros a Viajes Iberia y 721.214 euros a Viajes Marsans; además de una sanción de 901.518 euros a la Agrupación de Interés Económico Mundosocial

Las empresas sancionadas abonaron las multas entre los años 2006 y 2009. Sin embargo, la CNMC detectó en su labor de vigilancia que la conducta sancionada y los efectos anticompetitivos derivados de la misma podrían seguir produciéndose. Entre las temporadas 1995/96 y 1997/98 se presentaron al concurso de viajes del IMSERSO únicamente estas cuatro agencias de viajes con ofertas idénticas. A partir de la temporada 1998/99, las cuatro agencias formaron una UTE (Unión Temporal de Empresas), ligada y asociada a Mundosocial, que resultó ser la única licitadora al concurso público a partir de ese año salvo en tres ejercicios.

En 2010, Viajes Marsans entró en concurso de acreedores y, en 2013, lo hizo Viajes Iberia. Desde ese momento sólo participan en la UTE Viajes Barceló (Grupo Barceló) y Halcón Viajes (Grupo Globalia). En la actualidad, y hasta la temporada 2014/2015, esta UTE sigue siendo la adjudicataria de todos los concursos convocados.

Por tanto, la CNMC ha constatado cómo las empresas sustituyeron el pacto previo de presentar todas la misma oferta al concurso público y acordar su ejecución conjunta, cualquiera que fuera su resultado, por la creación innecesaria de una UTE, que es la única que se presenta regularmente al concurso. De este modo, los efectos anticompetitivos de esta conducta podrían haberse prolongado durante 20 años.